Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular y a obtener pronta resolución.
Requisitos:
Las peticiones escritas deberán contener, por lo menos, los siguientes:
Los nombres y apellidos completos del solicitante y de su representante y o apoderado, si es el caso, con indicación de su documento de identidad y de la dirección donde recibirá correspondencia. El peticionario podrá agregar el número contacto -correo electrónica. Si el peticionario es una persona privada que deba estar inscrita en el registro mercantil, estará obligada a indicar su dirección electrónica. El objeto de la petición. Las razones en las que fundamenta su petición. La relación de los documentos que desee presentar para iniciar el trámite.
Términos para resolver derecho de petición y/o solicitud:
Para resolver las distintas modalidades de peticiones. Salvo norma legal especial y so pena de sanción disciplinaria, toda petición deberá resolverse dentro de los quince (15) días siguientes a su recepción. Estará sometida a término especial la resolución de las siguientes peticiones
Funcionario sin competencia.
Si la autoridad a quien se dirige la petición no es la competente, se informará de inmediato al interesado si este actúa verbalmente, o dentro de los cinco (5) días siguientes al de la recepción, si obró por escrito. Dentro del término señalado remitirá la petición al competente y enviará copia del oficio remisorio al peticionario o en caso de no existir funcionario competente así se lo comunicará. Los términos para decidir o responder se contarán a partir del día siguiente a la recepción de la petición por la autoridad competente. (Artículo 21 ley 1437 – 2011, 1755 de 2015) .
Normas que lo regulan: Ley 1437 del 2011, 1755 del 2015, art. 23,
Requisitos
- La designación de la autoridad a la que se dirigen.
- Los nombres y apellidos completos del solicitante y/o de su representante o apoderado, si es el caso, con indicación del documento de identidad y de la dirección completa ciudad o municipio.
- El objeto de la petición.
- Las razones en que se apoya.
- La relación de documentos que se acompañan.
- La firma del peticionario, cuando fuere el caso.
Procedimiento:
Se reciben las peticiones del ciudadano, quejas, reclamos o sugerencias, presentadas por cualquier medio, verbal, escrito -correo electrónico.
Tiempo del Trámite:
15 días hábiles contados a partir del día siguiente de la radicación de la solicitud.
COSTO DEL TRÁMITE:
No tiene costo.
UBICACIÓN:
Lugar: oficina de la Dirección Distrital de Liquidaciones.
Dirección: Calle 34 No. 43-79 Piso 5
Barranquilla-Atlántico.
INFORMACIÓN CONTACTO:
E-mail:info@dirliquidacionesbq.gov.co
Sitio WEB:http://dirliquidacionesbq.gov.co